Sanidad y consumo

CENTRO DE SALUD DIAS HORAS

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JUNTA ARBITRAL PROVINCIAL DE CONSUMO DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA

La Junta Arbitral Provincial de Consumo de la Diputación de córdoba, tiene por finalidad ofrecer a cosumidores y consumidoras y a enpresarios/as o prestadoras de servicios un medio eficaz para resolver los desacuerdos en materia de consumo en el ámbito territorial de la Provincia de Cordoba, configurandose como el órgano por exelencia que administra el Albitraje de consumo en la provincia de Córdoba.

¿ Que es el Sistema Arbitral de Consumo ?

Es una vía extrajudicial, rápida, eficaz y económica que permite resolver fácilmente los desacuerdosque puedan surgir entre el/ la comprador o compradora o usuario/a y vendedor/a o prestador/a de servicios.

Características

Rapidez: porque se tramita en un plazo máximo de 6 meses desde el inicio del procedimiento Arbitral.

Eficacia: el conflicto se resuelve madiante un laudo o resolución arbitral,sin tener que recurrir a la vía judicial ordinaria.

Gratuidad: se realizará sin ningún coste para las partes,que sólo en determinados supuestos costearán las prácticas de peritajes.

Voluntariedad: ambas partes se adhieren libremente al sistema Arbitral de Consumo y quedan vinculadas a la resolución del Colegio Arbitral.

Ejecutividad: los Laudos (resoluciones arbitrales) son de obligado cumplimiento para las partes, teniendo efecto de " cosa juzgada", al igual que las Sentencias judiciales.

Equilibrio: la composición de los colegios Arbitrales garantiza la igualdad entre las partes.

Procedimiento:

La Solicitud de Arbitraje se puede tramitar a través de los servicios de consumo de los Municipios de la Provincia, Asociacioneas de Consumidores y Usuarios, o directamente a la Junta Arbitral de Consumo del ánbito territorial de competencia.

Se le notifica al reclamado la solicitud de Arbitraje. Si la Empresa o Profesional está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, el procedimiento Arbitral se inicia automáticamente, hasta la resolución o Laudo ( si en la fase de mediación no se llegara acuerdo ).

Si la Empresa o profesional no está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, la junta Arbitral solicitará su adhesión para realizar el Arbitraje, y se formaliza uncovenio arbitral en caso de que aceptara adhesión.

Si la Empresa no adherida rechazara, no podrá celebrarse el arbitraje y quedará abierta la vía judicial, sin perjuicio de las actuaciones mediadoras o sancionadoras de la administración competente.

En el supuesto de Empresa adherida o aceptación del arbitraje, se designa colegio Arbitral, que es el órgano encargado de resolver la reclamación. Está compuesto de tres miembros (árbitros); un representante del sector Empresarial,un representante de una Asociación de Consumidores y Usuarios, y el tercero, que es el/la Presidente/a y que será designado por la Administración de la que dependa la Junta Arbitral.

Se citarán a las partes de Audiencia, que podrá realizarse verbalmente o mediante escritos, para que hagan las alegaciones que crean oportunas y se acuerden la práctica de las pruebas en los casos que fuera necesario.

Finalmente se dicta el Laudo Arbitral que es ejecutivo y de obligado cumplimiento.

El distintivo

El Distintivo oficial supone una garantía de calidad para el/la consumidor/a que la Empresa le está ofreciendo con la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, asegurándose la resolución de los posibles desacuerdos a través del Arbitraje de Consumo.

Para la Empresa o Profesional supone un servicio más que presta a sus clientes o usuarios y una mejora en la calidad de prestación de sus servicios.

Publicidad Adicional

Las Empresas o Profesionales adheridos al sistema Arbitral Consumo podrán utilizar en sus comunicaciones comerciales el distintivo oficial concedido (art.28.4 RD 231/2008)

Las Empresas Adheridas figuran gratuitamente en la GUíA NARANJA del arbitraje de Consumo de la Provincia de Córdoba y en los censos Oficiales publicados por las administraciones competentes, lo que supone una publicidad adicional.

También se beneficiarán por las administraciones y en las que se realicen directamente desde la Junta Arbitral de la Diputación de Córdoba, figurando en el "Buscador de Empresas adheridas" del sitio WEB de Consumo de la diputación.

Exclusiones

No podrán ser objeto de Arbitraje de consumo los conflictos que versen sobre intoxicación, lesión, muerte o aquellos en que existan indicios racionales de delito, incluída la responsabilidad por daños y perjuicios directamente derivada de ellos (Art 2.2 del RD 231/2008 de 15 de Febreropor el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo).

¿Donde acudir?

Avda. del Mediterráneo s/n. Edif. 1º, 3ª Planta. 14011 Córdoba.

Tel: 957 21 28 19 / 14 – 957 21 13 08 – Fax: 957 21 28 15

E-mail: consumo@dipucordoba.es – El ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba esta asociado al sistema Arbitral, para más información consultar la página:

Web: www.dipucordoba.es/consumo

Para consultar más información sobre consumo, pueden visitar la pagina www.facua.org/es/facua.php ,en donde podrás ver la revista digital " CONSUMERISMO ". En esta revista digital tambien puedes suscribirte gratis, para que te manden las últimas novedades.

Más información consultar Derechos del Consumidor

¿Que es el Punto de Información al Consumidor?

Es un Servicio que se crea a instancia de la Diputación de Córdoba, a través de su Departamento de Consumo y Participación Ciudadana, y con la participación del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba, con el fin de proporcionar a los ciudadanos y ciudadanas de este Municipio unas prestaciones básicas para el acceso a la información y el asesoramiento en materia de Consumo.

¿Cuál es el objetivo prioritario del Punto de información al Consumidor?

Responder a la ciudadanía cuando se encuentra con dudas o problemas en la adquisición de una vivienda, ante un contrato de telefonía, internet o suministro eléctrico, en la adquisición o reparación de un vehículo, electrodoméstico, etc

¿Qué funciones tiene el Punto de Información al Consumidor?

La prestación básica de información y asesoramiento en materia de Consumo.

La atención de consultas y reclamaciones.

Actuaciones de mediación para la resolución de conflictos entre consumidores/as y empresarios/as.

Actividades de información y formación a la ciudadanía en materia de protección y defensa de consumidores/as y usuarios/as.

La divulgación y el fomento del Sistema Arbitral de Consumo y de la Junta Arbitral de Consumo en la provincia de Córdoba.

¿Dónde se encuentra?

En el Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba, Plaza de Andalucía, 1.

¿Cuál es su horario de consultas?

Este servicio se prestará los días de cada mes que vienen mas abajo, en horario de 11:00h a 14:00h en el Ayuntamiento también se pueden presentar denuncias sobre consumo, sobre todo contra empresas que esten asociadas a la junta arbitral de consumo. Lo que acuerde esta, tiene el valor de "cosa juzgada."

  • Tipo: P.I.C.
  • Dirección: Plaza de Andalucía, 1
  • Localidad: Villaviciosa de Córdoba
  • Código Postal: 14300
  • Teléfono: 957-360021
  • Técnico Consumo: Fátima Palomares Eraso
  • Horario de atención: 2016 de 11:00 a 14:00.

Días:2016

  • 20 de Julio
  • 11 de agosto
  • 15 de septiembre
  • 13 de octubre
  • 10 de noviembre
  • 22 de diciembre